
La documentacion necesaria para la aceptacion de la herencia en Barcelona y su provincia (Sant Cugat del Valles, Rubi, Badalona, L'Hospitalet de Llobregat, Sant Feliu de Llobregat, Martorell, Sabadell, Granollers, Mataro y Arenys de Mar) comprende el (1) certificado de defuncion del fallecido, el (2) certificado de actos de ultima voluntad y la (3) copia autorizada o autentica del testamento (no sirve una copia simple). No obstante, en el supuesto que el causante no hubiese otorgado testamento y se hubiere procedido a la declaracion de herederos, los tres anteriores documentos se sustituiran por el acta de notoriedad o el Auto judicial en los casos que proceda.
Asi mismo, para proceder a la aceptacion y adjudicacion de la herencia tambien sera necesario disponer del (4) DNI del heredero o herederos, estado civil y profesion de cada uno de ellos, de las (5) escrituras de propiedad de los bienes inmuebles de los que era propietario el difunto (escrituras de compraventa, donacion o de aceptacion de herencias anteriores), (6) ultimo recibo del I.B.I. de cada una de las propiedades, (7) certificado de posiciones bancarias de saldos a la fecha de defuncion, asi como el certificado de prestamos bancarios y cualquier otro documento relativo a bienes susceptibles de ser incluidos en la herencia, (8) factura del sepelio.
Los seguros de vida titularidad del causante no forman parte del caudal relicto por lo que no es necesario aportar la documentacion relativa a estos para poder aceptar la herencia, siendo contratos con eficacia mortis causa en los que ya estan designados los beneficiarios sin tener que observar las solemnidades propias de la herencia para poder obtener el valor de la poliza de que se trate.
Con la documentacion relacionada se podra proceder a la aceptacion de la herencia y adjudicacion de bienes a los herederos, haciendose necesario, para la efectiva transmision de los mismos, el pago de los impuestos de la herencia dentro del plazo de 6 meses (prorrogable a peticion del interesado).

El certificado de defuncion puede solicitarse en el Registro Civil (plaza Duc de Medinaceli 2, C.P. 08071 de Barcelona), por su parte el certificado de actos de ultima voluntad puede obtenerse acudiendo al Registro General de Actos de Ultima Voluntad (calle Caballero 56, C.P. 08014 de Barcelona) presentando el certificado de defuncion del causante, y por lo que respecta a la copia autorizado o autentica del testamento esta la facilitara el propio Notario que aparezca reflejado en el certificado de actos de ultima voluntad. En lo que se refiere a los certificados de posiciones bancarias y productos financieros, deberan solicitarse a las entidades bancarias en las que el difunto tuviese sus cuentas o contratos.

La aceptacion de la herencia es un tramite necesario tanto en las herencias con testamento como en las herencias intestadas, siendo en la practica el servicio mas solicitado en el ambito del Derecho de Sucesiones.
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