Paralizacion de obras

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La paralizacion de las obras de edificacion u obra nueva es necesaria en aquellos supuestos en los que se invade la propiedad colindante construyendo sin permiso en la misma vulnerando el derecho a la propiedad.

La paralizacion de obras de construccion debe instarse mediante el ejercicio de la llamada accion interdictal o interdicto de obra nueva, denominado actualmente tutela sumaria, que es una medida asegurativa para la proteccion de la titularidad dominical cuya finalidad es la de suspender provisionalmente la ejecucion de las obras que estan causando el perjuicio al propietario afectado, sin que en ningun caso conlleve la demolicion de lo construido que debera ventilarse expresamente en otro tipo de proceso judicial.

El interdicto de obra nueva para la paralizacion de obras de construccion debera promoverse ante el Juzgado de Primera Instancia en el que se encuentre el inmueble o finca afectada, sometiendose al debate judicial la invasion de la propiedad por parte de la edificacion vecina y acordando en su caso la paralizacion de las obras de construccion.

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