Clausulas suelo

Fiscalidad e IRPF

En cuanto a la fiscalidad de las devoluciones dinerarias en concepto de clausula suelo, de acuerdo con la Disposicion Final Primera, que modifica la Ley 35/2006 del Impuesto de la Renta de las Personas Fisicas (IRPF) , las cantidades que el particular reciba por la devolucion de las clausulas suelo no deberan declararse cuando se refieran a los intereses indemnizatorios, las cantidades entregadas en efectivo metalico o las medidas compensatorias alternativas relacionadas con los intereses pagados.

Por otro lado, deberan regularizarse mediante una autoliquidacion complementaria, respecto de aquellos ejercicios no prescritos, las cantidades reintegradas en concepto de clausula suelo que se hubiesen deducido en su dia por inversion en vivienda habitual o por gasto deducible por actividades economicas. No obstante, si se prefiere minorar la deuda hipotecaria en lugar de recibir el importe en metalico de la clausula suelo no sera necesario en tal caso regularizar dichas deducciones ni tampoco podran aplicarse deducciones por ello.

El banco debera informar a los consumidores de las consecuencias fiscales que supondra la devolucion de las cantidades que correspondan en concepto de liquidacion de la clausula suelo.

Servicios relacionados

abogado clausulas suelo barcelonaExistencia de clausula suelo

abogado division cosa comun barcelonaComo reclamar

abogado division cosa comun barcelonaCompraventa inmobiliaria



Informese hoy

Contacte con un Abogado especialista en clausulas suelo e informese sin compromiso alguno llamando al telefono 93 270 01 55 (mañanas de 9:00h a 13:30h y tardes de 15:30h a 17:30h, Jueves y Viernes solo mañanas, para mas informacion sobre el horario telefonico consulte la opcion contacto del menu); tambien puede solicitar informacion a traves de la direccion de correo electronico info@eseberriabogados.com y recibira respuesta a la mayor brevedad posible.


© 2012-2016 R.E.P. Todos los derechos reservados - Contenidos de la pagina inscritos en el Registro de la Propiedad Intelectual de Barcelona, se prohibe su copia o difusion en los terminos previstos en el articulo 270 del Codigo Penal de España. Se han suprimido los acentos en los textos contenidos en esta pagina con el objeto de evitar conflictos de interpretacion con los distintos navegadores. Esta WEB no utiliza cookies propias ni de terceros con el fin de mejorar la experiencia del usuario y ofrecer sus contenidos, no obstante es posible que el navegador que utilice el usuario si lo haga, por lo que si este sigue navegando se considerara que acepta el uso de las cookies; puede acceder a la politica de cookies pulsando en este enlace: cookies o accediendo a la opcion correspondiente en la barra del menu. Servicios juridicos en Barcelona, Sant Cugat del Valles, Badalona, L'Hospitalet de Llobregat, Sant Feliu de Llobregat, Martorell, Sabadell, Granollers, Mataro y Arenys de Mar. Enlaces a los servicios: Herencias - Legitimas - Testamentos - Inmuebles - Construccion - Impagados - Desahucios - Divorcios - Accidentes - Todos los servicios - Roman Eseberri Piedra, Abogado ICAB y CCBE inscrito en el Registro de contadores-partidores judiciales de herencias del ICAB. Abogado especialista en clausulas suelo en hipotecas, compraventa de inmuebles y division de la cosa comun en Barcelona y su provincia - Telefono de contacto: (+34) 93 270 01 55